viernes, 12 de marzo de 2021

CONCEPTO DE JORNADA DE TRABAJO(preguntas)

 

1.      Concepto de jornada de trabajo.

Artículo 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo

2.      ¿Cuál es la duración máxima de la jornada diurna la jornada nocturna y la jornada mixta?

Artículo 60.- Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas

Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna

3.       ¿De qué lapso de tiempo a qué lapso de tiempo comprende la jornada diurna y la jornada mixta?

Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

4.      ¿Cuántas horas como máximo puedes tomar de la jornada nocturna para considerar jornada mixta?

Si el período nocturno es menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna. (art 60)

5.      ¿Qué es la jornada continua y qué es la jornada discontinua?

Artículo 39-F. Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo.

-Jornada discontinua:

Para que una jornada se considere discontinua, el periodo de descanso otorgado al trabajador deberá ser al menos de una hora. Es decir, si el colaborador tiene un horario de trabajo de las 9:00 a las 15:00, el periodo para tomar dicho descanso es de 15:00 a 16:00, y reingresa a sus laborales de 16:00 a 18:00. ¡La jornada más común!

-Jornada continua:

Si entras a las 8:00 y sales a las 16:00 horas, por ley tienes derecho a tomar media hora de descanso (por lo menos) en la cual podrás consumir tus alimentos o enfocarte en otras cosas. De esta manera se considera una jornada continua de 8 horas, en donde se sigue considerando tiempo efectivo de trabajo.

6.      ¿Qué es la jornada extraordinaria hasta cuantas horas como máximo se puede trabajar al día o a la semana de jornada extraordinaria?

Artículo 66.- Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

7.      ¿Cómo se paga la jornada extraordinaria?

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada. (ART 67)

8.      ¿Cómo se paga la jornada extraordinaria que excede de los límites legales?

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley. (ART 68)

9.       ¿Cuál duración de la jornada máxima de trabajo a la semana?

Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

10.  El día domingo es el día de descanso

No será obligatorio, pero en conformidad con el Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo

11.  ¿Cómo se le llama a la jornada que se trabaja el día de tu descanso semanal?

Prima adicional.

12.  ¿Cómo se paga la jornada que se trabaja el día descanso semanal?

Artículo 73.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

13.  Señala los días de descanso obligatorio por ley

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

El 1o. de enero;

El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

El 1o. de mayo;

El 16 de septiembre;

El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

El 25 de diciembre, y

El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

14.  Si yo trabajo un día de descanso obligatorio cómo se paga

Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado

15. Sí un trabajador tiene un año de trabajo cuántos días de vacaciones le corresponden, por dos años, por 3 años, por 4 años, por 5 a 9 años, 10 a 14 años de trabajo

Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

años: 8 días

años: 10 días

años: 12 días

5-9 años: 14 días

10 –14 años: 16 días

 16. Una vez que cumpla un año el trabajador cuánto tiempo tiene el patrón para otorgarle sus vacaciones

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

   17. Si el patrón no se le otorga dentro de ese tiempo cuánto tiempo tiene el trabajador para exigir sus vacaciones bajo peligro de que las pierda por prescripción

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

     18. ¿Cómo se paga la prima vacacional?

Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

     19. Es legal que el patrón fracción y las vacaciones (fraccione las vacaciones)

No, ya que de acuerdo con el artículo 78- Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos

20. Sería legal que el trabajador solicite qué se le fracción en las vacaciones

 

Si, dependiendo del tiempo que lleve trabajando según el art. 76 de LFT

Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios